28 de enero, 2022

Accidentes de tránsito: la principal causa de fallecimiento de jóvenes de entre 15 y 29 años

De acuerdo con las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), los accidentes de tránsito  son una de las principales causas de muerte en todos los grupos etarios, y la primera entre personas de entre 15 y 29 años. Como consecuencia, anualmente más de 1.2 millones de personas mueren y entre 20 y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales, y muchos de ellos provocan una discapacidad.

Los accidentes de tránsito suceden a diario por múltiples factores, entre ellos, el exceso de velocidad, el uso del celular durante el manejo, el consumo de drogas y alcohol y los déficits de infraestructura vial que garanticen la seguridad de todos los usuarios de la vía pública. Más de la mitad de las muertes mundiales por accidentes de tránsito corresponden a peatones, ciclistas y motociclistas, es decir, a los usuarios vulnerables de la vía pública.

¿Qué factores debemos tener en cuenta para evitar los accidentes de tránsito?

La mayoría de los accidentes pueden evitarse si se trabaja desde la prevención y se respetan las normas vehiculares. Existe una serie de medidas de seguridad vial para cuidar la vida de todas las personas, ya sea si se encuentran adentro o afuera de un vehículo:

Controlar la velocidad: se recomienda disminuir en 10 km/h la velocidad habitual en la que solemos circular. Asimismo, es recomendable no exceder los 90 km/h en ningún tipo de situación, inclusive si se encuentra permitido, si el clima lo amerita y si el camino se encuentra en buenas condiciones. Hay una relación proporcional entre el aumento de la velocidad media y la probabilidad de que ocurra una colisión, así como con la gravedad de sus consecuencias. Por ejemplo, cada aumento del 1% en la velocidad media da lugar a incrementos del 4% en el riesgo de que se produzca una colisión mortal y del 3% en el riesgo de colisión grave.

Mantener la distancia: esto permitirá disponer de más tiempo para poder realizar la maniobra correspondiente en el caso de un accidente propio o ajeno. Este espacio de seguridad se debe respetar con los vehículos que estén delante, detrás o a los costados.

Usar el cinturón de seguridad: se trata del mejor método para salvar una vida. Usar el cinturón de seguridad reduce de un 45% a un 50% el riesgo de muerte entre los conductores y los ocupantes de los asientos delanteros. En el caso de los ocupantes de los asientos traseros, este descenso es de un 25%. Es importante aclarar que todos los individuos que viajen en el vehículo deben utilizar el cinturón de seguridad. Para colocar de manera correcta el cinturón, éste debe pasar por delante del hombro, sobre la clavícula, el pecho, y por la cadera, a la altura de la pelvis, asimismo se debe evitar que presione la parte alta del abdomen. En el caso de las embarazadas, se debe colocar la cinta inferior por la pelvis, debajo del abdomen, y la parte superior por arriba del mismo, y la mitad de la clavícula.

Por otro lado, los niños deben permanecer sentados en butacas especiales con sus respectivos cinturones, ya que los del auto no los protegen de forma apropiada.  Los mismos permiten reducir en un 60 % el riesgo de muerte.

Evitar el uso del celular: aunque la manipulación de dispositivos móviles se encuentre prohibida legalmente, existen muchas personas que lo hacen. Es fundamental señalar que estar utilizando el teléfono mientras se maneja, aunque sea usando el manos libres, reduce la capacidad de concentración que se necesita para conducir y realizar las maniobras correctas en caso de un accidente. Los conductores que usan el teléfono móvil mientras conducen tienen cuatro veces más probabilidades de verse involucrados en una colisión que los que no lo hacen.

Incorporar el uso de cascos en usuarios de bicicletas y motos: el uso correcto del casco puede dar lugar a reducciones del 42% en el riesgo de traumatismos mortales y del 69% en el riesgo de traumatismos craneales, ya que funciona como barrera y previene el impacto entre el cráneo y la estructura con la que se golpea, por ejemplo, la calle. Se absorbe la energía del golpe y, de esta manera, el cerebro golpea con menos fuerza contra el cráneo. Para que cumpla su función, el casco tiene que ser del tamaño correspondiente a la cabeza y quedar fijo, sin movimiento, y correctamente colocado.

En el caso de los peatones, es importante destacar que son los integrantes más vulnerables o frágiles del tránsito porque no tienen ninguna protección corporal. En un choque entre un peatón y un vehículo, aún el más liviano, es el peatón el que, con mayor probabilidad, se llevará la peor parte. Para este grupo, la profesional recomienda especialmente respetar las señales de tránsito, cruzar por los caminos correspondientes y prestar atención al circular por la vía pública.

Este tipo de medidas permitirán el cuidado entre todos al momento de movilizarnos en cualquier tipo de vehículo, inclusive, a pie. Respetando las medidas de tránsito y teniendo presente todos los factores y recomendaciones para circular de manera correcta y prudente, se evitarán muchísimas muertes por día en el mundo.

Todos los contenidos compartidos en el blog de salud de la web de OSPEDYC son de producción propia utilizando como fuente al Ministerio de Salud de la Nación Argentina, a la Organización Mundial de la Salud (OMS), a la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y/o la página UpToDate.

Autor: OSPEDYC

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Prórroga para empadronamiento en diabetes

Aquellas personas cuyos empadronamientos en diabetes vencen durante el mes de enero 2022, tendrán tiempo para empadronarse hasta el 28 de febrero de 2022. Es decir, contarán con una prórroga de un mes para realizar el trámite de empadronamiento.

Te recordamos que a partir del 1ro de diciembre, implementamos un plan de mejora integral pensado para pacientes con diabetes el cual incluye: seguimiento personalizado, atención centrada en la persona, educación orientada a la disminución de complicaciones inherentes a la patología, empadronamiento semestral y una dispensación de medicamentos por 3 meses.

La nueva frecuencia de empadronamiento por diabetes es cada 6 meses y continúa a cargo de los médicos tratantes con el fin de contar con la información correcta sobre el tratamiento, la medicación y los cuidados que reciben nuestras personas beneficiarias.

Para recibir atención personalizada al respecto, podés contactarte al (011) 5274-8600 (opción 6) o al correo electrónico: ospedycdbt@orien.com.ar
También podrás contactar a nuestro Call Center comunicándote al 0800-345-6773.

Ante cualquier duda o consulta, podés escribirnos por mensaje directo de Instagram o Facebook.

Autor: OSPEDYC

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20 de enero, 2022

Tercera ola de COVID-19: 6 preguntas frecuentes

1 – ¿Por qué es importante el aislamiento?

El aislamiento es fundamental para evitar la propagación del virus entre más personas. Deben aislarse quienes tengan la confirmación de haber contraído la enfermedad, quienes presentan síntomas y quienes fueron notificados de que son contacto estrecho que tengan esquema incompleto de vacunación o no vacunados.

2 – ¿Por qué hay que vacunarse?

Disminuye las internaciones y los cuadros graves en todas las edades. Actualmente, el 82% de los pacientes internados en terapia intensiva no cuentan con las vacunas.

Reduce la mortalidad: la cifra de decesos se duplica en personas que no iniciaron el esquema de vacunación.

No dudes en vacunarte.

Esquema de vacunación completo: 2 dosis, con menos de 5 meses desde la última aplicación, o contar con las 3 dosis.

3 – ¿Por qué NO debo testearme en forma anticipada?

Los testeos anticipados NO disminuyen el riesgo de contagio y, en cambio, aumentan la probabilidad de un resultado erróneo (falso negativo); esto, a su vez, incrementa la propagación del virus. Además, saturan el sistema sanitario, que ya se encuentra sobrecargado por la alta demanda frente a la tercera ola de COVID-19.

Por eso, es esencial efectuar el hisopado solo con indicación médica.

4 – ¿Qué podemos hacer para sobrellevar la tercera ola?

Es importante que cada persona sea solidaria y cumpla los protocolos con responsabilidad: que quienes deban aislarse lo hagan y, así, evitar solicitudes de hisopados y de asistencia médica para personas que no lo necesitan (asintomáticos).

Respetar el aislamiento es suficiente para evitar la propagación del virus.

5 – Si tengo síntomas, ¿cómo puedo solicitar asistencia médica?

Llamando al 0800-345-6773 opción 1.

Puede haber una demora mayor a la habitual debido al pico de casos registrados en nuestro país.

6 – Criterios de aislamiento de casos confirmados:

Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:

10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):

7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada -bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia social, ventilar los ambientes de manera continua, extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Criterios para el aislamiento de contactos estrechos:

Contacto estrecho asintomático con dosis de refuerzo con más de 14 días de aplicada:

Se eximirá de aislamiento preventivo.

Se deberá cumplir con:

– Cuidados de manera estricta (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados).

– Evitar concurrir a eventos sociales o masivos.

– Automonitoreo de síntomas diario.

Contacto estrecho asintomático con esquema inicial de vacunación completo (menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID en los últimos 90 días:

Se eximirá de aislamiento preventivo.

Se deberá cumplir con:

– Test diagnóstico entre el día 3 y 5.

– Cuidados de manera estricta (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados).

– Evitar concurrir a eventos sociales o masivos.

– Automonitoreo de síntomas diario.

Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto:

10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado.

Definición de contacto estrecho:

– Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeros de trabajo).

– Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.

Y recordá que…

Para evitar el crecimiento exponencial de casos, es indispensable el compromiso social: debemos profundizar los protocolos y cumplir las normas de seguridad e higiene:

– Vacunarse (esquema completo: 2 dosis, con menos de 5 meses desde la última aplicación, o contar con las 3 dosis).

– Lavarse las manos en forma frecuente con agua y jabón.

– Usar un barbijo de buena calidad y colocárselo en forma correcta: cubriendo nariz, boca y mentón.

– Mantener una distancia social de, al menos, 2 metros.

– En caso de tener síntomas,  aislarse hasta recibir la confirmación o el descarte del contagio.


Síntomas:
– Dolor de garganta.

– Tos.

– Dificultad para respirar.

– Dolor corporal.

– Fiebre.

– Alteraciones en el gusto y/o en el olfato.

– Cefalea.

– Diarrea y/o vómitos.


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Autor: OSPEDYC

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19 de enero, 2022

Conocé las últimas medidas adoptadas para casos confirmados y contactos estrechos por COVID-19.

Las medidas de control a implementar tanto ante casos confirmados son los siguientes:

– Aislamiento y control clínico del caso.

– Identificación y cuarentena de contactos estrechos.

¿Cuál es el criterio de aislamiento para casos confirmados?

– Para aquellos casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

– Para aquellos casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada -bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón-, en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia social, ventilar los ambientes de manera continua, extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Los casos confirmados tendrán el pase sanitario inhabilitado por 10 días para concurrir a eventos masivos u otras actividades consideradas de mayor riesgo.

¿Cuál es el criterio de aislamiento para contactos estrechos?

Contacto estrecho asintomático con dosis de refuerzo con más de 14 días de aplicada:

-Se eximirá de aislamiento preventivo.

Se deberá cumplir con:

– Cuidados de manera estricta (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados).

– Evitar concurrir a eventos sociales o masivos.

– Automonitoreo de síntomas diario.

Contacto estrecho asintomático con esquema inicial de vacunación completo (menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días:

– Se eximirá de aislamiento preventivo.

– Se deberá cumplir con:Test diagnóstico entre el día 3 y 5.

– Cuidados de manera estricta (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados).

– Evitar concurrir a eventos sociales o masivos.

– Automonitoreo de síntomas diario.

Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto:

– 10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado.

¿Qué significa contacto estrecho?

– Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras la persona presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeras/os de trabajo).

– Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.

Contacto estrecho en un avión/bus:

Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor y la tripulación que haya tenido contacto con casos confirmados de COVID-19 que hayan comenzado los síntomas o hayan sido confirmados dentro de las 48 hs. posteriores al viaje.

Información actualizada al 11/01/2022 por el Ministerio de Salud de la Nación.


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Autor: OSPEDYC

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18 de enero, 2022

OSPEDYC, 50 años al servicio de la salud

Nacimos en el año 1972 sobre los pilares de la solidaridad y las políticas de mejoras continuas centradas en nuestros/as beneficiarios/as y pacientes, dando respuesta a todos los segmentos de la población a través de la más amplia cobertura nacional, 13 Centros Médicos Propios, y el desarrollo constante en infraestructura, servicios, equipamiento y recursos humanos.

Así, con el compromiso puesto en la salud y el bienestar colectivo nos fuimos convirtiendo en una de las obras sociales más importante del país cumpliendo un rol fundamental para el funcionamiento del conjunto del sistema sanitario argentino.

A través de los años, en OSPEDYC logramos contar con cobertura médica a lo largo de todo el territorio argentino para todas las personas que optan por nuestra obra social, incorporamos centros médicos propios distribuídos en diferentes localidades de Argentina, más de 70 puntos de contacto presencial, y  prestaciones como: Programas de salud, Cobertura ante ER y UR médicas, Traslados y derivaciones, Visitas médicas a domicilio, Odontología, Salud mental, Diagnóstico por imágenes, Prevención, Laboratorio, Red de farmacias, Oftalmología, Discapacidad, entre muchas otras.

En conmemoración del año de nuestro aniversario y como cada año, renovamos nuestro compromiso en cumplir con los valores que nos definen como obra social que son la calidad, la experiencia del beneficiario/a, la innovación, la integridad, la equidad y la cercanía. Así, iniciamos un proyecto de innovación incorporando tecnología y recursos para adaptarnos a las necesidades actuales a través del desarrollo de una web más ágil,  apta para navegar desde cualquier dispositivo móvil, con acceso a formularios, datos de contacto, novedades;  la nueva plataforma de autogestión Mi OSPEDYC, desde la que se accede a la credencial digital y turnos en los centros médicos propios; y a su vez con el desarrollo de OSPEDYC | en línea, la plataforma de teleconsultas que inauguramos en el 2020 y que se encuentra disponible a nivel nacional. Pero los nuevos desarrollos no terminan ahí, continuamos sumando tecnología y trabajando en proyectos de autogestión con el fin de seguir facilitando el acceso a las prestaciones médicas. 

Asimismo, mediante las redes sociales, blog de salud, y las notas de prensa colaboramos  responsablemente en el acceso a información confiable y segura para la prevención y la educación en el cuidado de la salud. Y en ese mismo sentido, se incorporó la Línea COVID-19 para que las beneficiarias y beneficiarios puedan resolver las dudas más frecuentes sobre este virus.

De esta manera, en OSPEDYC continuamos cumpliendo con el constante compromiso de mantenernos cerca y ofrecer un servicio de primer nivel haciendo frente siempre a los desafíos que el contexto nos presenta.

Recorré la historia haciendo clic aquí.

OSPEDYC, 50 años orgullosamente cerca.

Autor: OSPEDYC

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14 de enero, 2022

Febrero 2022 | Cobro de coseguros

Ante el agravamiento de la situación financiera en el sector de la salud y con el objetivo de continuar garantizando la equidad en los servicios y una atención médica de calidad para todos/as nuestros/as beneficiarios/as, a partir del 1ro de febrero de 2022, se implementará el cobro de coseguros que hasta el momento absorbía nuestra organización tanto en las prestaciones ambulatorias de la cartilla como en nuestros Centros Médicos Propios.

El importe de cada coseguro es establecido por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) de conformidad con lo dispuesto en la RESOL-2022-11-APN-CNEPYSMVYM#MT y autorizado por el Ministerio de Salud por las prestaciones médico asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO):

1. Consultas de médicos de familia/generalistas/pediatras/tocoginecólogos.

2. Médicos Especialistas. Quedan exentos del pago de coseguros: Programa VIH, Oncología, Discapacidad, y Plan Materno Infantil.

3. Psicología.

4. Prácticas de laboratorio.

5. Prácticas Diagnósticas Terapéuticas:

-Imágenes de baja complejidad: Incluye RX simple y Ecografía simple.

-Prácticas diagnósticas y terapéuticas de mediana complejidad.

-Prácticas diagnósticas y terapéuticas de alta complejidad TAC, RMN, RIE, laboratorio biomolecular, genético Medicina Nuclear, Endoscopia.

6. Prácticas Kinesio/ Fisiatras. Quedan exentas las prácticas de enfermería en éste ítem.

7. Prácticas de Fonoudiología y Foniatría. 

8. Atención Domiciliaria-Consultas. Quedan exentas las consultas por código rojo/emergencias.

Por su parte, las prestaciones de internación no tendrán coseguro en cumplimiento con las normativas dispuestas por la SSS.

En el caso de la atención en prestadores de cartilla, el importe del coseguro corresponderá al valor máximo establecido por la SSS, deberá ser abonado por la persona beneficiaria directamente al prestador en el momento de la atención y este último deberá emitir un recibo o una factura por el importe.

En el caso de las prestaciones brindadas en los Centros Médicos Propios, el coseguro será del 50% del valor máximo establecido por la SSS y deberá ser abonado a través de alguno de los siguientes medios de pago electrónicos: tarjeta de débito y crédito, BNA+, MODO (tarjeta de débito y crédito), código QR. 

Para conocer los valores, dejamos a disposición el enlace al sitio de la Superintendencia de Servicios de la Salud: https://www.argentina.gob.ar/sssalud/valores-copagos

Agradecemos su comprensión.

Muchas gracias.

Autor: OSPEDYC

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10 de enero, 2022

Ley 27.610

La Ley 27.610 regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar. Es de aplicación obligatoria en todo el país.

A partir de esta ley la Ley 27.610, las mujeres y personas con otras identidades de género tienen derecho a interrumpir su embarazo:


– Hasta la semana catorce (14), inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión

– Cuando el embarazo es resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud.

Asimismo, todas las personas tienen derecho a la atención post aborto más allá de si el mismo se produjo o no en las situaciones previstas por la ley, y al acceso a métodos anticonceptivos.

¿Qué significan IVE e ILE?
La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hace referencia al derecho al aborto con la solicitud como único requisito hasta la semana catorce (14), inclusive, de gestación.

La interrupción legal del embarazo (ILE) hace referencia al derecho al aborto en las siguientes situaciones:

a) Si el embarazo es producto de una violación.
b) Si está en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

¿Cuáles son los derechos en la atención de situaciones de IVE/ILE y en el postaborto?


Son derechos de todas las personas, con y sin discapacidad, en relación a la IVE/ILE:

– Recibir atención totalmente gratuita tanto en el sistema público como en obras sociales y prepagas (incluyendo todos los estudios, medicamentos y prácticas que fueran necesarios).
– Acceder a la práctica de IVE/ILE en un plazo máximo de 10 días corridos, desde que la solicite.
– Recibir del personal de salud un trato digno y respetuoso de su autonomía.
– Que se garantice la privacidad en la consulta y la confidencialidad de toda la información vinculada a la atención.
– Recibir atención de calidad (de acuerdo a las recomendaciones científicas vigentes).
– Recibir información actualizada, comprensible, veraz y brindada en lenguaje y con formatos accesibles, según sus necesidades, sobre los procedimientos y los cuidados posteriores.
– Recibir atención de su salud a lo largo de todo el proceso e información sobre los distintos métodos anticonceptivos.
– Recibir métodos anticonceptivos en forma gratuita.
– Acceder a los ajustes razonables (modificaciones en la atención de espacio, tiempo, comunicacionales, entre otros) necesarios para que puedan ejercer sus derechos.
– Contar, si así lo deciden, con apoyos de personas de su confianza durante el proceso de atención.


¿Cuáles son los requisitos para acceder a la IVE?

– Encontrarse dentro de las 14 semanas inclusive de gestación. Para ello la persona gestante tiene derecho a ser informada desde la primera consulta de su edad gestacional y a solicitar la IVE en ese mismo momento si así lo decidiera.
– Firmar el “consentimiento informado”. El consentimiento es el proceso por medio del cual una persona, tras recibir toda la información necesaria y tomar una decisión, autoriza o no al profesional de la salud para realizarle una práctica sanitaria. Está enmarcado en los principios de autonomía de las personas, confidencialidad, privacidad y acceso a la información.
– En el caso de la IVE/ILE el consentimiento debe darse, en general, por escrito. Lo central es que este documento sea claro y accesible, y puede emitirse en cualquier formato braille, manuscrito, digital, audio, etc.) o idioma, incluyendo lenguas originarias.

El consentimiento informado lo firma la persona gestante que solicita la IVE/ILE. Todas las personas, con y sin discapacidad, tienen derecho a autorizar por sí mismas la práctica. En el caso de niñas/os (antes de los 13 años) deben estar asistidas por una persona que ejerza formal o informalmente roles de cuidado. Las/os adolescentes pueden, en general, acceder a la IVE/ILE en forma autónoma (Ver “¿Pueden las niñas, los niños y adolescentes solicitar la práctica de manera autónoma?”)

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la ILE?


– En casos de violación, la persona tiene que firmar una declaración jurada, nunca es necesaria una denuncia judicial o policial de la violación para acceder a la práctica médica.
– En los casos en que el embarazo ponga en peligro la salud o la vida, además de la firma del consentimiento informado por parte de la persona gestante, el equipo de salud debe constatar y hacer constar en la historia clínica esa situación de salud.
– Firmar el “consentimiento informado”. El consentimiento es el proceso por medio del cual una persona, tras recibir toda la información necesaria y tomar una decisión, autoriza o no al profesional de la salud para realizarle una práctica sanitaria. Está enmarcado en los principios de autonomía de las personas, confidencialidad, privacidad y acceso a la información.
– En el caso de la IVE/ILE el consentimiento debe darse, en general, por escrito. Lo central es que este documento sea claro y accesible, y puede emitirse en cualquier formato braille, manuscrito, digital, audio, etc.) o idioma, incluyendo lenguas originarias.

El consentimiento informado lo firma la persona gestante que solicita la IVE/ILE; Todas las personas, con y sin discapacidad, tienen derecho a autorizar por sí mismas la práctica. En el caso de niñas/os (antes de los 13 años) deben estar asistidas por una persona que ejerza formal o informalmente roles de cuidado. Las/os adolescentes pueden, en general, acceder a la IVE/ILE en forma autónoma (Ver “¿Pueden las y los adolescentes solicitar la práctica de manera autónoma?”)

¿Pueden las niñas, los niños y adolescentes solicitar la práctica de manera autónoma?

Las/os adolescentes de más de 16 años siempre pueden acceder a la IVE/ILE sin necesidad de estar asistidas/os, ya que son consideradas/os como personas adultas para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo.

Las/os adolescentes desde los 13 hasta los 16 años pueden, en general, acceder a la IVE/ILE sin necesidad de asistencia. Sólo en los casos en que por algún motivo particular la realización de la IVE/ILE implique un peligro grave para su salud o su vida, es necesario que estén asistidas/os de un/a referente afectiva/o, por personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas indicadas por la adolescente.

Las/os niñas/os menores de 13 años pueden acceder a la IVE/ILE con la asistencia de un/a personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentas afectivas. Estas/os deben participar en conjunto con la niña en la toma de decisiones y deben firmar también el consentimiento informado.

¿Cómo se puede acceder a la práctica si el/la profesional que atiende es “objetor/a de conciencia”?

Si bien, los y las profesionales de la salud que intervienen de manera directa en la interrupción del embarazo tienen derecho a ejercer la objeción de conciencia, es decir a no realizar la práctica de interrupción debido a profundas convicciones personales, tienen siempre la obligación de informar sobre el derecho a IVE/ILE y derivar de buena fe y en forma inmediata a otra/o profesional que garantice la práctica.

Aún quienes sean objetores no pueden negarse a la realización de la interrupción en caso de que la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata; tampoco cuando no hubiera un/a profesional disponible para realizar la práctica de forma oportuna.

No pueden ser “objetores” quienes no realizan directamente la práctica de interrupción, como quienes deben garantizar, por ejemplo: realización de ecografías, toma de tensión arterial o la temperatura, seguimiento post aborto, dispensa de medicamentos, anestesia, entre otras.

Los establecimientos privados o de obras sociales donde no haya profesionales que puedan garantizar la práctica porque ejercieron de forma individual la objeción de conciencia, tienen que derivar de buena fe a otro efector para garantizar la atención.

Para más información, consultas o en caso de inconvenientes, se encuentra disponible la Línea salud sexual 0800 222 3444.
Para acceder al texto completo de la Ley 27. 610, puede ingresar aquí.
Para acceder al texto completo del Decreto 14/2021 que promulga la ley 27.610 puede ingresar aquí.

Autor: OSPEDYC

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COVID-19: ¿Cómo debemos cuidarnos durante las vacaciones?

Después de 2 años de pandemia, muchas familias decidieron aprovechar el verano para recorrer distintos destinos turísticos. Sin embargo, debido al contexto epidemiológico actual, es necesario continuar con el esfuerzo que realizamos a lo largo de todo este tiempo y seguir manteniendo los cuidados y protocolos sanitarios con el fin de minimizar el riesgo de contagio.

En este sentido, es importante señalar que, a pesar de las altas temperaturas, no debemos perder de vista la posibilidad de contraer o transmitir COVID-19. Los planes de vacaciones deben llevarse a cabo siempre y cuando el grupo familiar se encuentre sano, es decir, sin síntomas de coronavirus, y no haya tenido contacto estrecho con casos sospechosos o positivos en los últimos 14 días. Es por ello que, al momento de planificar un viaje, tenemos que tener en cuenta que la situación es muy cambiante y dinámica.

Uno de los aspectos fundamentales que debemos tener en cuenta antes de realizar un viaje es la situación epidemiológica en la que se encuentra el lugar que queremos visitar y cuáles son los requisitos obligatorios para poder ingresar a dicha zona.

Además de utilizar de forma correcta el tapabocas siempre que nos encontremos en espacios públicos, respetar el distanciamiento social de 2 metros, aun si nos encontramos al aire libre, e higienizarnos las manos con frecuencia, desde OSPEDYC les compartimos las siguientes medidas de prevención para seguir cuidándonos durante las vacaciones:

– Realizar todo tipo de pagos y el check-in de forma virtual para evitar esperas y aglomeramiento.

– Al viajar en transporte de larga distancia, se recomienda usar barbijo o tapabocas en todo momento, higienizarse las manos frecuentemente y respetar las distancias recomendadas con los demás pasajeros.

– Elegir actividades al aire libre en horarios poco concurridos y no acceder a las playas si su ocupación es elevada y no permite mantener el distanciamiento necesario. 

– Evitar participar de eventos masivos.

– Disminuir el contacto innecesario con superficies como pasamanos, juegos, ascensores, entre otros. 

– Si bien no existe evidencia de transmisión del virus en piletas, se deben respetar las mismas  recomendaciones de distanciamiento e higiene mientras nos encontramos en playas o zonas aledañas a los natatorios. 

– A la hora de comer, se recomienda evitar elegir lugares de autoservicio y no compartir vasos, platos ni cubiertos.

– Si se realizan excursiones, se debe evitar compartir ropa, accesorios o el equipamiento asignado.

En caso de presentar algún síntoma asociado al coronavirus, como fiebre, problemas para respirar, tos, dolor de garganta, pérdida del olfato o del gusto, es necesario solicitar asistencia médica con urgencia y dar aviso al personal del lugar donde nos encontremos alojados para que pueda activarse el protocolo establecido según el caso.

Por último, al regresar de nuestras vacaciones es importante cumplir con las normativas del lugar de origen, realizar el hisopado en caso de ser necesario, y mantener todas las recomendaciones vigentes.

Todos los contenidos compartidos en el blog de salud de la web de OSPEDYC son de producción propia utilizando como fuente al Ministerio de Salud de la Nación Argentina, a la Organización Mundial de la Salud (OMS), a la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y/o la página UpToDate.
Autor: OSPEDYC

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